PERSONA FÍSICA. A diferencia de las personas morales, el calendario fiscal de 2026 establece una fecha diferente
Ciudad de México, 2 de marzo (SinEmbargo).- La Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una de las obligaciones fiscales más importantes que tienen las personas morales y físicas en México. En este trámite se informa al SAT todos los ingresos obtenidos, las deducciones permitidas y se calcula el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que corresponde al año 2025.
El comunicado del SAT publicado el 16 de febrero determina que “el plazo para que las empresas presenten su Declaración Anual 2025 concluye el próximo 31 de marzo de 2026″, por lo que muchas personas tienen algunas dudas sobre cuándo deben realizar este trámite en la plataforma oficial.
La institución aclara que durante marzo este trámite es obligatorio únicamente para personas morales, es decir, una entidad jurídica conformada por la unión de una o más personas físicas con un fin colectivo, ya sea comercial o civil. A continuación te explicamos cuándo y cómo debes presentar la declaración anual como persona física.
De acuerdo con la página del SAT, las personas físicas deben presentar su declaración anual del ISR durante el mes de abril del año siguiente al que corresponden los ingresos. Esto significa que los ingresos obtenidos del 1 de enero al 31 de diciembre de un año se declaran entre el 1 y el 30 de abril del siguiente año.
Es importante mencionar que no todas las personas físicas están obligadas a presentarla, pero en general deben hacerlo quienes hayan obtenido ingresos por salarios superiores a 400 mil pesos anuales, quienes trabajaron para dos o más patrones en el mismo año, quienes recibieron ingresos por honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, entre otros supuestos previstos en la Ley fiscal.
Si la declaración no se presenta dentro del plazo, el SAT puede imponer multas y recargos. En algunos casos, presentar la declaración también puede resultar en un saldo a favor y la devolución de impuestos. Por ello, es importante revisar cada año si se está obligado a declarar y cumplir en tiempo con esta obligación fiscal.
El trámite puede realizarse a partir del 1 de abril con tu RFC y tu contraseña o tu e.firma vigente con los siguientes pasos:
Entra al portal oficial del SAT: dirígete al apartado de “Declaraciones” y da clic en “Presenta tu Declaración Anual de Personas Físicas”. El sistema normalmente precarga información como salarios, facturas, intereses y deducciones personales, por lo que es importante revisarla cuidadosamente y confirmar que los datos sean correctos.
Ingresa tus datos: valida tus ingresos, retenciones y, si aplica, agrega tus deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, donativos, etc.). El sistema calculará automáticamente si tienes impuesto a cargo o saldo a favor, lo que el SAT podría devolverte.
Envía la declaración: si tienes saldo a favor y solicitaste devolución, puedes dar seguimiento dentro del mismo portal en el apartado de “Devoluciones y compensaciones”. Se recomienda presentar la declaración dentro del plazo para evitar multas y recargos.
Persona Física: ¿cuándo debes presentar tu declaración anual?
¿Qué es una Persona Física? Definición y Requisitos
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que la Persona física es un individuo mayor de edad que realiza cualquier actividad económica y recibe una remuneración por ello (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), a partir de ese momento, adquiere derechos y obligaciones.
Derechos que tiene una persona física ante el SAT
1. Derecho a inscribirse en el RFC
Toda persona física tiene derecho a registrarse con su nombre en el RFC desde el momento en que inicia un negocio, empieza con una actividad profesional o firma un contrato de relación de trabajo. Al inscribirse podrá facturar, deducir impuestos y cumplir todos los requerimientos que solicita el fisco.
2. Acceder a beneficios fiscales
Podrá aplicar deducciones personales por gastos médicos, intereses hipotecarios o colegiaturas y con ello tener menos carga fiscal o en un posible saldo a favor al presentar su declaración anual.
3. Solicitar devoluciones de impuestos
Si el SAT determina que pagaste impuestos de más, puedes solicitar una devolución, es un derecho al que eres acreedor incluso si tienes un pequeño negocio como si trabajas por cuenta ajena.
4. Ser informado y asesorado
Tienes derecho a recibir orientación gratuita del SAT para entender mejor tus derechos y obligaciones. La instituación tiene que resolver dudas sobre tu estado civil, actividad económica o cualquier otro tema relacionado con tu situación fiscal y debe hacerlo sin costo alguno.
5. Presentar aclaraciones y quejas
En caso de errores o inconformidades, puedes ejercer tu derecho a presentar aclaraciones o quejas, y solicitar que se revisen los actos de autoridad en términos de legalidad y justicia.
Obligaciones fiscales de una persona física
1. Inscribirse en el RFC
Es una de las primeras responsabilidades fiscales, tienes que darte de alta ante el SAT con tu nombre completo, indicar tu actividad económica y cumplir con todos los requisitos que te soliciten.
2. Emitir CFDI
Si ofreces servicios, tienes una empresa o estás iniciando un negocio, debes emitir comprobantes fiscales por cada operación con la finalidad de mantener la transparencia y permite acceder a deducciones.
3. Presentar declaraciones
Debes presentar declaraciones mensuales o anuales, dependiendo del régimen fiscal en el que estés inscrito. Esta obligación aplica tanto para quienes prestan servicios independientes como para quienes tienen ingresos por arrendamiento o actividades empresariales.
4. Pagar impuestos
El pago de impuestos como el ISR o el IVA es ineludible pues garantiza el funcionamiento del sistema fiscal y evita sanciones.
5. Mantener tu información actualizada
Si cambias de domicilio, régimen, actividad económica o incluso de estado civil, es tu deber informar al SAT para estar totalmente s en regla y que los datos asociados a tu RFC sean correctos.
6. Llevar contabilidad
Quienes tienen una empresa, actividad empresarial o están bajo ciertos regímenes deben llevar contabilidad formal. Esto implica registrar ingresos, egresos y otros movimientos para cumplir con las responsabilidades fiscales establecidas.
Regímenes fiscales de la persona física
Los regímenes para la Persona Física, una vez que tiene mayoría de edad y está debidamente registrada ante el SAT se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:
- Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
- Actividades empresariales y profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Enajenación de bienes
- Actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas
- Régimen de arrendamiento
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario)
- Intereses
- Obtención de premios
- Dividendos
- Demás ingresos
Proceso de inscripción en el RFC de personas físicas
Para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como persona física, es posible hacer el trámite en línea a través del Portal del SAT o físicamente en las oficinas del SAT. Si se hace de manera presencial, los documentos necesarios para el trámite (todos en original) son:
- CURP
- Carta de naturalización expedida por la autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización.
- Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros.
- Comprobante de domicilio fiscal.
- Poder notarial o Carta Poder con ratificación de firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal.
- Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal.
- Acuse de preinscripción al en caso de iniciarlo en línea.
Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos:
a) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México
- Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales.
- Documento certificado con el que acrediten su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste.
b) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones.
- Documento con el que se acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones.
c) Menores de edad (en original y copia certificada):
- Acta de Nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil.
- Resolución judicial o documento emitido por Fedatario Público en el que conste la patria potestad o tutela del menor.
- Manifestación por escrito de la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor.
- Identificación oficial vigente del padre o tutor que funja como representante del menor.
- Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal o Carta Poder con ratificación de firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público.
d) Personas con incapacidad legal, judicialmente declarada:
- Resolución judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o representante legal.
- Identificación oficial vigente del tutor o representante legal.