Bancos te pedirán geolocalización obligatoria a partir del 23 de marzo

Geolocalizacion

La geolocalización. A partir del 23 de marzo este será un requisito si quieres acceder a la app de tu banco

Si a partir del 23 de marzo abres una cuenta en el banco y usas la contratación de servicios de forma remota, tendrás que permitir a la institución bancaria la geolocalización en tiempo real del celular a través del cual realizarás el proceso.

De acuerdo con la “Resolución que reforma, adiciona y deroga diversas de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de instituciones de Crédito”, publicada el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, a partir del próximo martes 23, los servicios de canales digitales de los bancos, solo podrán activarse si el cliente autoriza la geolocalización del dispositivo.

Previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y realización de operaciones o servicios de forma remota, los clientes y usuarios deberán permitir la geolocalización del dispositivo a través del cual pretendan realizar tales actos, informó la Asociación de Bancos de México (ABM)

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Lo anterior, explicó la asociación que preside desde el viernes Daniel Becker, en cumplimiento del marco legal en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Combate al Financiamiento del Terrorismo del país: “los bancos están obligados a obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo a través del cual sus clientes o usuarios aperturen cuentas o celebren contratos, así como aquellos mediante los que realicen operaciones o servicios”.

Por ello, los clientes y usuarios deberán dar su consentimiento en sus dispositivos sobre su ubicación y, en su caso, proceder con las actualizaciones/permisos para que los bancos estén en posibilidad de otorgar los servicios correspondientes, en los términos y condiciones que cada banco defina y dará a conocer de forma individual a sus clientes.

La geolocalización es una tecnología que utiliza datos de una computadora o dispositivo móvil para identificar o describir su ubicación física real. De manera común, el objeto es una persona que quiere utilizar un servicio basado en la ubicación, mientras mantiene su privacidad.

Esta medida ya es legal y obligatoria desde el 23 de marzo para los usuarios de las aplicaciones bancarias y realizar operaciones por estos medios; de lo contrario no podrán utilizar dichas herramientas para llevar a cabo diversas operaciones.

1.- ¿Y si no doy mi consentimiento al banco?

No será posible utilizar los canales digitales bancarios, en todas las instituciones.  

2.- ¿Cuáles serán sus usos?

Utilizando un dispositivo, con la geolocalización es posible obtener distintos tipos de información en tiempo real y localizarlos en el mapa con gran precisión en un momento determinado en el tiempo. A través de la geolocalización se pueden recopilar:

  • Direcciones IP.
  • Teléfonos móviles.
  • Dispositivos GPS.
  • Identificación de radiofrecuencia (RFID).
  • Transacciones con tarjeta de crédito o débito.
  • Etiquetas en fotografías y mensajes (tales como las geoetiquetas o verificaciones mediante aplicaciones como Foursquare) en sitios de redes sociales como Facebook y Twitter.

3.- ¿Cuál es su fin?

Una de las metas es brindar más seguridad de los usuarios de la banca en sus servicios digitales; a partir de esta semana será más que evidente el lugar desde el cual realizan sus operaciones bancarias.

4.- ¿Cómo se relaciona con el lavado de dinero?

En cuanto a la prevención de operaciones de lavado de dinero, ahora estarán ampliamente localizados los dispositivos que hagan este tipo de operaciones constantemente, incluso sin importar que se muevan de lugar, lo cual sería sospechoso.

5.- ¿Se necesita Smartphone?

Se requiere forzosamente un teléfono con GPS y que funcione.

6.- ¿Si se viaja constantemente y al extranjero?

La clave estará en montos, que será más relevante, que una persona que viaje constantemente no modifique en gran magnitud sus operaciones (salario, pagos de servicios, etc) si son viajes de trabajo. Desde el extranjero, no deberían ocurrir inconvenientes para la banca foránea.

7.- ¿Los bancos cobrarán por este servicio?

No deben ni pueden cobrar dinero a ningún cliente ya que, de entrada, se trata de una disposición oficial y no de la autorización de comisiones bancarias adicionales.

8.-  ¿Cuándo tengo qué decidir si acepto?

No hay plazo de gracia. Los bancos deberán avisar a sus clientes por medio de sus canales de comunicación y, previsiblemente, tendrán que proporcionar una actualización de su aplicación para que los clientes acepten esta nueva regla de operación.

9.- ¿Es opcional?

No. Es una medida obligatoriaLa disposición se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 22 de marzo de 2019 que impulsó Morena. Está en el marco legal en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Combate al Financiamiento del Terrorismo del país, de conformidad con la resolución que reforma, adiciona y deroga diversas de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, publicada el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación.

10.- ¿Ha desatado polémica?

Sí. Cabe señalar que la medida sí ha desatado polémica en redes sociales, ya que muchos consideran que la medida es una virtual invasión a la privacidad.

Por su parte, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) aseveró que las instituciones bancarias que no apliquen la geolocalización, serán sancionadas.

Bancos te pedirán geolocalizacion obligatoria a partir del 23 de marzo