Recordó que “ni siquiera durante la dictadura militar” (1964-1985), cuando “fue preso político”, Lula “fue impedido de dicho derecho y veló a su madre, doña Lindu”.
La Justicia de Brasil ratificó la decisión de la Policía Federal y negó una solicitud de la defensa del expresidente brasileño Luiz Inacio Lula da Silva para que este dejara temporalmente la cárcel con el fin de asistir al funeral de su hermano mayor, quien falleció hace unos días.
Los abogados de Lula presentaron la solicitud ante un juzgado de Curitiba, en el sur de Brasil, para que el expresidente pudiera viajar a la localidad de Sao Bernardo do Campo, en Sao Paulo, y dar el último adiós a su hermano Genival Inácio da Silva, conocido como Vavá y fallecido como consecuencia de un tipo raro de cáncer.
La magistrada encargada del caso, Carolina Lebbos, determinó que la decisión debería ser tomada por el superintendente de la Policía Federal en el estado de Paraná, Luciano Flores de Lima, quien consideró que no sería posible “autorizar o hacer viable” la comparecencia de Lula al entierro por cuestiones de logística.
Lebbos asumió la decisión de carácter administrativo de Flores y finalmente negó la petición del expresidente al considerar que, ante la “concreta imposibilidad logística”, impera la “preservación de la seguridad pública y de la integridad física del propio preso”.
En su decisión, Lebbos precisó que, “aunque fuera posible sobreponerse a esta cuestión logística, otros factores ponen en riesgo la seguridad del encarcelado y el orden público”.
La magistrada añadió que “los fundamentos utilizados por el director del establecimiento carcelario” son reforzados por las razones que adujo el Ministerio Público Federal, entre ellas la posibilidad de “tumulto generalizado y protestas” que generarían “indeseables enfrentamientos y la polarización de actos e ideas”.
Lebbos afirmó además que el orden jurídico es “sistemático” y que, en esta perspectiva, los derechos “encuentran limitaciones recíprocas”.
“A veces la mitigación de algunos de los aspectos de determinado interés legítimamente tutelado es justificada por la necesidad de que prevalezcan otros” que “se revelan preponderantes”, expresó la jueza.
En su decisión, la magistrada subrayó que el “juzgado no es insensible a la naturaleza del pedido formulado por la defensa”, pero que, debido a los “intereses involucrados en el panorama presentado” y ante la “concreta imposibilidad logística”, “se impone la preservación de la seguridad pública y de la integridad física del propio preso”.
En un comunicado, el Partido de los Trabajadores criticó el fallo y señaló que “usurpar el derecho de un ciudadano de velar y enterrar a un ser querido” es una de “las actitudes más crueles” posibles.
Recordó que “ni siquiera durante la dictadura militar” (1964-1985), cuando “fue preso político”, Lula “fue impedido de dicho derecho y veló a su madre, doña Lindu”.
Lula cumple desde abril del año pasado una condena de 12 años y un mes por corrupción pasiva y lavado de dinero en una celda especial en la sede de la Policía Federal en Curitiba, la capital regional del estado sureño de Paraná.
Con información de la Agencia EFE