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Derecho a la privacidad: ¿cómo internalizarlo?

derecho a la privacidad

Los seres humanos poseemos información que nos es propia, relacionada con nuestra identidad y nuestra personalidad. Por intereses personales o por motivos diversos deseamos mantenerla privada y sólo compartirla con algunas personas o entidades.

Por ello, tanto el Estado como otros particulares están obligados a respetar esta información. No obstante, este derecho no es absoluto; la ley establece los límites en los que puede ser restringido 

El derecho a la privacidad es un derecho humano que protege la dignidad humana. 

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, dispone en su artículo 12 que: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”. 

Otros instrumentos internacionales que consagran el derecho a la intimidad y privacidad son: El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos

El artículo 6, Apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosestablece que: 

“La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. Para este efecto, los sujetos obligados contarán con las facultades suficientes para su atención. 

Por lo que hace a la Información relacionada con los datos personales en posesión de particulares, la ley a la que se refiere el artículo 90 de esta Constitución determinará la competencia para conocer de los procedimientos relativos a su protección, verificación e imposición de sanciones”. 

Y el párrafo segundo del artículo 16 Constitucional, reconoce la protección a los datos personales: “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros”. 

Además, para hacer efectivos los derechos consagrados en la Constitución, se encuentran las siguientes leyes especializadas: 

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que tiene por objeto la protección de datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas. 

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados que tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales en posesión de sujetos obligados; proteger los datos personales en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial; garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de los datos personales; entre otros. 

Nota aclaratoria: Los supuestos establecidos en la legislación respecto al derecho a la privacidad son diversos y su configuración en la realidad puede variar, y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo. 

La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su (Resolución 217 A (III)) como un ideal común para todos los pueblos y naciones.

La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida a más de 500 idiomas. La DUDH es ampliamente reconocida por haber inspirado y allanado el camino para la adopción de más de setenta tratados de derechos humanos, que se aplican hoy en día de manera permanente a nivel mundial y regional (todos contienen referencias a ella en sus preámbulos). 

Derecho a la privacidad: ¿cómo internalizarlo?

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