Resultaría injusto que la CFE siguiera subsidiando a los Oxxo, Cemex, Bimbo y Comex entre otras empresas y a la banca privada, comenzando por Banamex.
La necesaria reforma de la CFE. La reforma recién aprobada en el Senado a la Ley de la Industria Eléctrica, la que fortalece a la estratégica Comisión Federal de Electricidad, abrió un nuevo escenario de lucha mediática, antes que política, entre un cada vez más enjuto grupo empresarial que añora los privilegios y trafiques del pasado, y la postura de un gobierno con amplio respaldo popular que dice: ¡Basta!
Pese a las protestas de la Coparmex y demás grupos de similar jaez que amagan con un alza general de precios por la reforma y con una lluvia de amparos contra ésta; pese a ello, resultaría hasta injurioso que la CFE siguiera subsidiando a los Oxxo, Cemex, Bimbo y Comex entre otras empresas y hasta de remate -lo que parece increíble- a la banca privada, comenzando por Banamex.
Con independencia de que es falso que vaya a aumentar el precio del consumo doméstico o que se afectará a la economía nacional, pues el subsidio sólo se daba a empresarios afines a los pasados gobiernos; aparte de esto, debe apuntarse que la electricidad del país, pues se trata de una paraestatal, ya no será casi regalada a empresas eléctricas privadas, como la española Iberdrola.
El caso Iberdrola ejemplifica cómo los expresidentes Felipe Calderón y Peña Nieto sojuzgaron a la CFE para beneficiar a grupos privados al obligar a ésta a rematar la energía y a ceder el uso de su red eléctrica. La nueva ley eléctrica acabo con este descarado trafique. Por cierto, Georgina Kessel, la exsecretaria de Energía de Calderón, era también consejera de la empresa española. Negocio redondo.
La necesaria reforma de la CFE. Claro se puede dar la “guerra jurídica” augurada por la Coparmex, pero será una guerra fallida para los demandantes y no sólo por la fuerza del Estado Mexicano, regulador de la energía, sino también porque la nueva ley no cierra el paso a la inversión privada, sino da un marco equitativo para todos. Ya hay empresas del exterior que se interesan en este nuevo esquema, entre otras, una firma italiana.
Por Nicolás Durán de la Sierra
CONTEXTO:
El Congreso de México aprueba la Reforma a la Ley de la Industria Eléctrica
El Senado mexicano votó a favor de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que fue enviada por el Presidente de la República al Congreso el pasado 1 de febrero de 2021. Las Cámaras del Congreso no hicieron cambios relevantes al proyecto de decreto enviado por el presidente, salvo por una disposición que ordena a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) la revocación (en lugar de simplemente permitirla) de permisos de autoabastecimiento bajo el régimen de proyectos bajo el régimen legado.
Consulte nuestra alerta anterior, “México Presenta Iniciativa para Reforma la Ley de la Industria Eléctrica”, que incluye un análisis sobre los principales aspectos de la reforma y sus consecuencias. Los puntos más relevantes de la reforma aprobada son los siguientes:
- Somete reglas de despacho y de operación del sistema eléctrico nacional a la política energética de la actual administración, misma que por diseño beneficia a las centrales eléctricas de Comisión Federal de Electricidad (CFE) y desplaza centrales eléctricas de particulares; el nuevo orden de prioridad en el despacho sería el siguiente: 1) centrales hidroeléctricas; 2) centrales eléctricas de CFE y sus subsidiarias; 3) centrales con tecnología a base de energías renovables y 4) centrales de ciclo combinado de particulares.
- Incluye modificaciones para limitar los principios de libre competencia y concurrencia previamente establecidos en la LIE en función de estándares de “seguridad” y “factibilidad”1.
- Elimina la obligación de CFE y el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) de llevar a cabo subastas de largo plazo para el suministro básico de electricidad, una política que de facto ya habían venido siendo implementada por el gobierno federal.
- Ordena la revocación de permisos de autoabastecimiento bajo el régimen de contratos legados previsto en la propia LIE por “fraude a la ley”2.
- Ordena la revisión de contratos previamente celebrados por CFE con productores independientes.
- Establece que las autoridades del sector y reguladores contarán con un periodo de seis meses a partir de la publicación de la ley reformada para realizar las modificaciones o emitir los acuerdos, resoluciones y disposiciones administrativas necesarios para que la normatividad actual se ajuste a la ley reformada.
- Introduce una nueva forma de contratación bajo la figura de los contratos de cobertura eléctrica con compromiso de entrega física, cuyos compromisos tendrían prioridad en el despacho.
- Los certificados de energías limpias serán otorgados con independencia de la entrada en vigor y titularidad de las centrales eléctricas que puedan justificar su otorgamiento.
Considerando el resultado de la votación (68 a favor; 58 en contra), se espera que un grupo minoritario del Senado (que represente más del 33 por ciento) interponga una acción de inconstitucionalidad en contra de la ley reformada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Notas
1 Dichas políticas también introdujeron estándares de seguridad y factibilidad. Estas políticas y otras normas generales han sido combatidas en tribunales federales y declaradas en su mayoría inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
2 La exposición de motivos del proyecto de decreto y los dictámenes de las Cámaras del Congreso de la Unión introdujo el concepto de “fraude a la ley” para justificar esta disposición. Es muy probable que esta disposición sea impugnada en tribunales federales y eventualmente considerada como inconstitucional.