Análisis Político

¿Ley de Aministía perdona o no delincuentes?

La pobreza o ignorancia ha sido una causa muy común del encierro de cientos de presos

¿Han escuchado de casos donde personas indígenas que no tuvieron oportunidad de una defensa adecuada fueron encarceladas?  No hay que darle muchas vueltas al porqué: la falta de recursos es generalmente la razón principal, pero hay otras inconcebibles: al no hablar el español, no entendían bien a bien qué sucedía pero… están presos. ¿Han sabido de mujeres criminalizadas por realizarse un aborto y los médicos o parteras que participaron? Y qué tal por ejemplo defensores del medio ambiente, presos políticos o de consciencia, acusados por delitos inverosímiles? Sí, ese ha sido nuestro México. Un México que normalmente no nos interesa, que está ajeno a nuestra cotidianeidad, uno que no queremos ver…
BAJA ESCOLARIDAD: COMÚN DENOMINADOR DE PRESOS
De eso se trata la iniciativa que envió al Congreso de la Unión el Presidente de la República de expedir una ley que permita otorgar amnistía a personas que hayan cometido cierto tipo de delitos no graves y para aquellos que puedan ser considerados presos políticos en cualquier parte de México. Y es que… existen varios elementos o signos distintivos comunes en muchas de las personas presas, tales como la baja escolaridad o incluso analfabetismo, y en muchos casos su pertenencia a una comunidad o pueblo indígena. Diversos análisis arrojan una relación entre pobreza e injusticia, entre marginación y denegación de justicia.
SOLO APLICA A DELITOS NO GRAVES
Ley de Amnistía con la cual se pretende poner en libertad a personas que estén presas de manera injusta o por delitos que no sean considerados graves, busca ofrecer nuevas oportunidades a los amnistiados. Lo explicó clarito el Diputado Mario Delgado: el propósito fundamental es liberar a presos que se encuentren en la cárcel por causas específicas que quedarían descritas en la legislación. Para comprender mejor a qué se refiere, recordemos por ejemplo que están ahora encarcelados jóvenes debido al consumo de drogas. Pero, tampoco se trata de amnistiar a todo el mundo como si nada, es decir, no aplicaría para delitos como homicidio, secuestro, delitos cometidos con armas de fuego, reincidentes y, en general, aquellos que hayan cometido delitos graves contemplados en el artículo 19 de la Constitución, o sea, la iniciativa solo contempla la posibilidad de liberar a personas que hayan cometido delitos menores. 
NO ES LO MISMO AMNISTÍA QUE INDULTO
De hecho, en la propuesta de ley se lee: “Las estadísticas disponibles y las evidencias muestran que existe una relación inversa entre el acceso a la justicia y la condición económica de las personas. A menor nivel de ingreso, mayor posibilidad de que la justicia se convierta en su antítesis, en una injusticia”. No obstante, es importante aclarar que no es lo mismo la amnistía que el indulto, ya que éste último es un tipo de perdón que sólo puede otorgar el Presidente, mientras que la amnistía requiere de un análisis para definir si se otorga o no; por ejemplo, hay muchos indígenas que durante su proceso no tenían intérpretes, ellos podrán ser candidatos a la amnistía. Vaya, en este caso de personas pertenecientes a las comunidades y pueblos indígenas, dada sus características socioeconómicas y culturales, se ha observado que, en algunos casos, al momento de ser indiciados, no ejercieron enteramente su derecho de defensa en los procedimientos penales.
¿QUIÉNES SE VERÍAN BENEFICIADOS?
Aborto. Delitos contra la salud (acusados de narcomenudeo si se comprueba que cometieron dicho delito por condiciones de pobreza como las comunidades indígenas que siembran amapola o marihuana). Presos políticos  (encarcelados por pertenecer a grupos con ideologías diversas y que, incitados por estos, cometieron delitos menores). Robo simple y sin violencia: (si robó, no mató a nadie y su sentencia fue de cuatro años o menos). Consumo de drogas (actualmente sólo se permite portar cierto gramaje para consumo personal, por lo que esta ley permitirá que las personas encarceladas por portar hasta el doble de la cantidad máxima, salgan en libertad).
¿Y LA FABRICACIÓN DE DELITOS?
Bueno hasta aquí todo suena interesante, sin embargo, se sabe de presos políticos o de conciencia que para encarcelarlos, fueron injustamente acusados de delitos muy graves, vaya, lo que coloquialmente se conoce como fabricación de delitos y de esos se sabe de muchos casos… y entonces ¿qué pasaría con ellos? ¿Cómo distinguir al verdadero bandido? Y es que hay casos controvertidos en donde no a quedado demostrada plenamente la culpabilidad, sin embargo, llevan años encerrados… Si no se contempla esta variable, la ley quedaría coja… Algo sin duda también doloroso e injusto…
*Yvette Hesse E. Directora de Grupo Editorial Kankun y Gente Q.Roo, revista de negocios y política. 
Facebook: yvette.hesse        Twitter: @YvetteHesse

Yvette Hesse

About Author

Yvette Hesse Espinosa. Licenciada en Comunicación. Maestría Administración de Empresas. Diplomados en “Formación de Educadores para la Democracia”; “Derechos Humanos”; “Ventas y Marketing”; “Inteligencia Emocional”; “Formación Social”. Columnista en diversos medios de comunicación. Directora de la Revista Nuestra GENTE Q. Roo.

También te puede interesar

Análisis Político

Editorial Diciembre 2005 – Enero 2006

¿Cuáles son los costos de Wilma además del tremendo impacto económico? ¿Cómo medimos hasta dónde fracturó o consolidó a una
Análisis Político

La Elección Presidencial

Hay competencia política dentro de los partidos y entre los partidos, lo que otorga mayor sentido a la libertad de