SAT identifica a más de nueve mil contribuyentes que simulan operaciones
FRAUDE FISCAL. El presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer que presentará denuncias por un fraude fiscal de 48 mil millones de pesos. Hay involucrados del gobierno pasado y del otro, políticos. Vamos a presentar denuncias penales contra esos personajes encargados de promover este sistema”, declaró.
También dijo que muchos de los involucrados en el fraude no saben que sus facturas eran falsas. Por eso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dará oportunidad a algunos de ellos para que se regularicen.
Nueve mil contribuyentes simulan operaciones
Y la presión del SAT contra las factureras continúa; ahora, parece que el fisco identificó a más de nueve mil contribuyentes que simulan operaciones.
De acuerdo con el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, al primer cuatrimestre del año, hay 9,561 contribuyentes que simulan operaciones.
Hay que recordar que cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.
En este supuesto, procederá a notificar a los contribuyentes que se encuentren en dicha situación a través de su buzón tributario, de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, así como mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación. Esto con el objeto de que aquellos contribuyentes puedan desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Por Diego Coto. El Contribuyente
SAT identifica a más de nueve mil contribuyentes que simulan operaciones
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo un envío masivo, a través de buzón tributario, de invitaciones para que quienes ofrezcan los servicios de contabilidad y auditoría se regularicen en materia de la Ley Antilavado.
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Los sujetos obligados (artículo 17 de la Ley Antilavado) son aquellos que realicen actividades como la realización de juegos de apuestas, ofrezcan el intercambio de activos virtuales, o se dediquen al traslado o custodia de dinero o valores, entre otros.
La Ley Antilavado establece que las personas que se dediquen a actividades vulnerables de incurrir en lavado de dinero tendrán que cumplir con ciertas obligaciones, como identificar a sus clientes y presentar avisos a la autoridad.
Sin embargo, las invitaciones han sido enviadas a contadores y asesores fiscales.
FRAUDE FISCAL.
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¿Los servicios de contabilidad y auditoría son una actividad vulnerable?
La invitación dice que los sistemas y bases de datos del SAT detectaron que el contribuyente podría realizar actividades consideradas vulnerables y que el fundamento por el cual se envía es el artículo 17, fracción XI, de la Ley Antilavado.
Sin embargo, la fracción señalada habla de personas que presten servicios profesionales independientes que realicen para sus clientes alguna de las siguientes labores:
- Compraventa de inmuebles o cesión de derechos sobre estos;
- administración y manejo de recursos, valores u otros activos;
- manejo de cuentas bancarias, de ahorro o valores;
- organización de aportaciones de capital para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles;
- constituir, escindir, fusionar, operar y administrar personas morales o vehículos corporativos, así como la compraventa de entidades mercantiles.
Es decir, prestar servicios de contabilidad o auditoría por sí sólo no ubica a un profesional en el supuesto contemplado por la Ley Antilavado. Sería necesario realizar alguna de las tareas enumeradas arriba para ello.
¿Qué hago si recibí la carta invitación del SAT?
Esto dependerá de si realizas o no alguna de las actividades consideradas vulnerables por la ley. Si la respuesta a esto es sí, deberás entrar al Portal de Prevención de Lavado de Dinero para darte de alta. Para ello deberás capturar la información requerida y obtener un acuse electrónico con sello digital.
FRAUDE FISCAL. En caso de no realizar ninguna de esas actividades, la carta invitación pide que el profesional aclare su situación jurídica, lo que se puede hacer con un oficio.
Es recomendable que hagas la aclaración pertinente, pues el SAT advierte que, si no atiendes a la invitación dentro de un plazo de 15 días hábiles, podrá ejercer sus facultades de verificación.
Por José Luis Álvarez. El Contribuyente