Modalidad 44, el camino para cotizar ante el IMSS sin ser asalariado

Modalidad 44

Emprendedores también pueden cotizar en IMSS

Existe la creencia generalizada de que los trabajadores independientes, los comerciantes, emprendedores y freelancers, no tienen acceso al sistema de salud y de pensiones del Seguro Social. 


Así como que quienes han perdido la oportunidad de cotizar en la Modalidad 40, tienen que volver a trabajar como asalariados para recuperar sus derechos a una pensión. Bueno, la realidad es que se sí se puede cotizar ante el IMSS sin tener que ser asalariado.


Antecedentes de la Modalidad 44


La Modalidad 44, o “Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, de trabajadores no asalariados, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios” – que es su nombre formal -, nace para que, toda persona que trabaje de forma independiente, pueda incorporarse de forma voluntaria al IMSS.


El requisito fundamental para que puedas darte de alta en la Modalidad 44, es que ganes dinero sólo por tu trabajo sin tener empleados.


Puedes ser comerciante, artesano, electricista, profesionista independiente, taxista o conductor de alguna plataforma de servicio de transporte. Incluso puede ser que tu único ingreso sea la renta de una propiedad o de habitaciones en tu propio hogar. El punto es que no tengas empleados trabajando para ti.


¿A qué prestaciones se tiene derecho en la Modalidad 44?


Servicios médicos y hospitalarios del IMSS, tanto para el trabajador independiente, como para sus dependientes económicos (El beneficio se otorga a partir del primer día del siguiente mes de la inscripción).

  • Pensión por Invalidez
  • Pensión por viudez, orfandad y ascendencia. Esta última es cuando te sobrevive alguno de tus padres, siendo tu dependiente económico y viviendo en tu mismo domicilio
  • Pensión por retiro a partir de los 65 años, siempre que cumplas con las semanas cotizadas correspondientes, y te encuentres en vigencia de derechos
  •  
  • Al cotizar en la Modalidad 44, acumulas semanas cotizadas para tu retiro
  • Ayuda para gastos funerarios del trabajador independiente.

¿Cuáles son las letras pequeñas?


La Modalidad 44 tiene restricciones que es importante tener en cuenta:

  • No cuenta con subsidio por enfermedad, accidentes de trabajo o maternidad. En buen español, si te llegas a incapacitar, el seguro no te pagará un porcentaje de tu salario de cotización como ocurre con los trabajadores asalariados.
  • Está excluida la cesantía en edad avanzada. Esto es, no tienes la posibilidad de pensionarte a los 60 años. Forzosamente tienes que esperarte a los 65.
  • Al solicitar el ingreso a la Modalidad 44 se realiza un cuestionario médico, el cual puede afectar el monto de la cuota a pagar, o incluso podría quedar excluido el tratamiento de alguna enfermedad pre-existente.
  • Tu salario de cotización es de un salario mínimo. ¿Qué significa esto?
  • Si ya habías cotizado anteriormente y perteneces a la Ley 73, tu salario promedio de cotización, el cual determina el monto de tu pensión, muy posiblemente se vea reducido
  • Si cotizas por primera vez, pertenecerás a la Ley 97. Y en este caso, a menos que realices aportaciones voluntarias a tu AFORE, tu pensión será de sólo un salario mínimo.

Como siempre les he compartido, lo ideal es que tengan su propia estrategia para el retiro. Nunca dejes en manos de terceros, incluyendo el gobierno, la calidad de vida que tendrás en tu retiro. Tú eres el único responsable de tu propio futuro.


¿Cuál es la diferencia entre las modalidades 33, 40 y 44? Sí. Con tantas opciones, puede ser algo confuso.


La Modalidad 33 brinda únicamente servicios médicos y hospitalarios, por lo que las cuotas no acumulan semanas cotizadas. Es, en sí, un seguro de gastos médicos.


La Modalidad 40 permite continuar acumulando semanas cotizadas a una persona que deja su empleo y decide trabajar por su cuenta. Además, te permite definir tu salario de cotización (no menos de lo que ganabas, pero con el máximo que desees topado a 25 UMAs). Pero eso sí, no se tiene acceso a servicios de salud.


La Modalidad 44 te da acceso a los servicios de salud como la Modalidad 33, y continuar cotizando como la Modalidad 40, pero sin la restricción de esta última de contar con 52 semanas cotizadas cuando menos en los últimos 5 años, y limitada a un salario de cotización de 1 salario mínimo.


¿Cuánto cuesta y cómo te inscribes?


El costo anual de la Modalidad 44 es un aproximado de $10,000.00  (El costo puede incrementarse dependiendo de lo que refleje el cuestionario médico). La inscripción a esta modalidad se tramita en la subdelegación que te corresponda.

Modalidad 44 | IMSS 2021

Modalidad 44

Especialistas en Pensiones

En el siguiente artículo podrás encontrar información detallada que te permitirá conocer si ésta es una herramienta aplicable para tu estrategia de pensión y cobertura de servicios médicos

Quizás la modalidad 44 es una de las herramientas más útiles para los trabajadores que se encuentran fuera de la conservación de derechos y desean reactivarlos a fin de tener nuevamente derecho a una pensión o bien para los trabajadores que desean incrementar sus cotizaciones sin perder el derecho al servicio médico.

Sin embargo esta alternativa se encuentra dirigida para trabajadores independientes y se encuentra establecida bajo ciertos criterios de contratación, así como tiempos de espera y exclusiones.

¿Que es la Modalidad 44 del IMSS?

La Modalidad 44 o Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio para Trabajadores del Ámbito Urbano, es una alternativa creada por el Instituto Mexicano del Seguro Social para aquellos trabajadores independientes que requieren cotizar ante el instituto cubriendo los seguros de retiro por vejez, invalidez y muerte. Así mismo requieren el aseguramiento para los servicios médicos en caso de alguna emergencia de salud.

Cabe destacar que si se contrata modalidad 44 antes de cumplir 12 meses desde la ultima baja, ya sea como trabajador o como beneficiario, no aplicarán los tiempos e espera ni los motivos de rechazo.

¿Para quien aplica Modalidad 44?

De acuerdo al artículo 12 de la Ley del Seguro Social 97 se establece que podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados.

¿Que derechos causa la Modalidad 44?

En el artículo 222, fracción II inciso A, de la ley del seguro social 97, se encuentra el fundamento legal de dicha modalidad. Uno de los factores más importantes en este esquema de aseguramiento, es que da derecho a la cotización con 1 salario mínimo vigente en la Ciudad de México ($123.22 diarios en 2020), a la incorporación a los seguros de Vida, Invalidez, Retiro y Vejez, así como a las prestaciones del seguro de enfermedades y maternidad.

En el artículo 77 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, especifica que se podrá contratar en cualquier día hábil del año, sin embargo el inicio de los servicios será a partir del día primero del siguiente mes.

¿Cuanto cuesta la Modalidad 44 del IMSS?

Costo 2021

Desde el 1 de febrero de 2021 se actualizó el costo en $11,982.16 por lo que es la cantidad que deberá cubrirse en un solo pago y la vigencia de contratación será por 52 semanas.

Costo 2020

El pago de dicha modalidad se realiza anualmente y para el 2020 el costo es de $11,085.77 a cubrirse en una sola exhibición. Éste se realiza una vez ha sido aprobada el alta por el instituto, ya que para ello se requiere realizar ciertos cuestionarios médicos a fin de conocer si se es apto o no para ingresar.

Motivos de Baja en Modalidad 44

Baja a Solicitud del Trabajador

Una vez que se han cumplido los objetivos del trabajador para tal aseguramiento, podrá realizar la baja solicitando por escrito firmado ante el instituto.

Baja por Falta de Pago

De igual manera se procederá la baja por falta de pago al momento de la renovación anual.

Baja por Reingreso como Asalariado al Régimen Obligatorio

Una vez que el trabajador independiente se convierta en trabajador asalariado automáticamente se daría de baja de la incorporación voluntaria.

Es importante destacar que bajo ningún motivo el IMSS reembolsará el pago efectuado en caso de las bajas por solicitud expresa del trabajador o por reingresar como asalariado.

Renovación de Modalidad 44

Es importante destacar que al ser un pago anual, la renovación se debe realizar en los últimos 30 días de aseguramiento contratado a fin de establecer una correcta recontratación y surtirá efecto el día posterior a la fecha final del contrato anterior.

¿Que sucede si no renuevo a tiempo?

En el artículo 80 del Reglamento de de la Ley del Seguro Social, se especifica que el instituto podrá autorizar extemporáneamente la renovación del aseguramiento si se solicita dentro de los treinta días naturales posteriores al vencimiento del mismo y surtirá efectos a partir del día siguiente a la conclusión del convenio anterior.

Motivos de Rechazo de Modalidad 44

De acuerdo a lo que comentábamos anteriormente, la modalidad 44 se encuentra bajo reserva de aprobar las solicitudes de afiliación debido a las siguientes causas:

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Enfermedades Preexistentes: Tumores malignos, enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus, enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del Hígado, insuficiencia renal crónica, valvulopatías cardiacas, secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio), enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otra.

Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo, adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías, transtornos mentales como psicosis o demencias, enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o virus de inmunodeficiencia adquirida humana positivo.

Art. 82 .-Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Tiempos de espera en Modalidad 44

Una vez aceptado en modalidad 44, se comenzará con la cotización de semanas en los seguros de Retiro, Invalidez y Vida, sin embargo en cuanto a los servicios médicos se tomarán los siguientes tiempos de espera:

Seis Meses: Tumoración benigna de mama

Diez Meses: Parto

Un año: Litotripcia, Cirugía de padecimientos ginegológicos, excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal, Cirugía de insuficiencia venosa y várices, Cirugía de senos paranasales y nariz, Cirugía de varicocele, Hemorridectomía y cirugía de fístulas rectales y polapso de recto, amigdalectomía y adenoidectomía, cirugía de hernias, excepto hernia de disco intervertebral, Cirugía de hallux valgus y cirugía de estrabismo.

Dos años: Cirugía Ortopédica

Art. 83 .-Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Estos tiempos de espera serán considerados a partir de la fecha de alta del trabajador independiente bajo esta modalidad

Exclusiones de Modalidad 44

Independientemente de las causas de rechazo y de los tiempos de espera en modalidad 44, un factor que es importante considerar son las exclusiones establecidas en el artículo 84 del Reglamento de la Ley del Seguro Social, y éstas son las siguientes:

Cirugía Estética

Adquisición de anteojos, lentes de contacto, lentes intraoculares y aparatos auditivos

Cirugía para corrección de astigmatismo, presbicia, miopía e hipermetropía

Tratamientos de lesiones autoinfligidas y las derivadas de intento de suicidio.

Tratamiento de lesiones derivadas de la práctica profesional de cualquier deporte con riesgo físico.

Examen médico preventivo solicitado por el asegurado o sus beneficiarios.

Tratamientos de transtornos de conducta y aprendizaje

Tratamientos dentales, excepto extracciones, obturaciones y limpieza

Otorgamiento de órtesis, prótesis y aditamentos especiales.

Tratamiento de padecimientos crónicos que requieran control terapéutico permanente

Tratamientos quirúrgicos o médicos para corrección de alteraciones de la fertilidad de la pareja.

Tratamiento de secuelas de lesiones musculo esqueléticas o neurológicas, de origen traumático adquiridas con anterioridad al aseguramiento.

Tratamiento de Secuelas de enfermedades degenerativas del sistema nervioso central periférico y secuelas de enfermedad vascular cerebral; insuficiencia vascular periférica, entre otras adquiridas con anterioridad al aseguramiento.

Art. 84 .- Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Resumen

Si bien, es cierto que la reactivación de la conservación de derechos se puede dar aplicando modalidad 44, es importante destacar que se encuentra topada a una cotización máxima diaria de 1 salario mínimo, sin embargo el costo resulta muy accesible para los trabajadores independientes ya que reactivan la conservación de derechos y cuentan con la cobertura de ciertos servicios médicos tanto como para el trabajador como para sus beneficiarios brindando mayor cobertura en un solo pago.

Tomando correctamente una estrategia de pensión se podría considerar el incremento de semanas con esta modalidad ya sea para reactivar la conservación de derechos o para acumular semanas cotizadas, para posteriormente incrementar el salario promedio con la aplicación de modalidad 40.

 

 

Modalidad 44, el camino para cotizar ante el IMSS sin ser asalariado