Suspende SCJN el PMOTEDUS de Tulum, impulsado por Víctor Mas y el Gobernador

PMOTEDUS de Tulum

CONFLICTO CJ-FEDERACIÓN POR TULÚM | (documentos)

PMOTEDUS de Tulum. El Ejecutivo Federal presentó una controversia constitucional contra ese programa de desarrollo urbano. Considera que genera desarrollo inmobiliario en áreas protegidas, y hará un desastre ambiental en el municipio.  

Entre otras cosas, permitía construir 1500 cuartos hoteleros sobre la zona protegida de Xcacel Xcacelito. El municipio y el Estado querían avanzar en su implementación antes de que Víctor Mas deje la administración municipal. Pero la Suprema Corte admitió la controversia y dictó una suspensión provisional. 

Además, se le dio vista a la FGR. 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó suspender el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable (PMOTEDUS) de Tulum, impulsado por la administración municipal de Víctor Mas y el gobierno de Carlos Joaquín, para generar desarrollo inmobiliario en áreas protegidas y zonas de captación de agua. 

Dicho Programa fue publicado en el Periódico Oficial del estado el pasado el 31 de marzo, y fue duramente criticado por la Semarnat y otras instancias del Gobierno Federal, porque consideraban que violaba las leyes ambientales y generaría un impacto ambiental incalculable en la zona. 

La autoridad federal advirtió que el plan de Tulum provocaría un crecimiento urbano e inmobiliario que desataría efectos negativos en el desarrollo inmobiliario, repercutiendo en los sistemas hidrogeológicos y en el hábitat de las especies marinas y terrestres, así como en los arrecifes y monumentos arqueológicos de la zona.

Entre otras cosas, permitía construir 1500 cuartos hoteleros sobre la zona protegida de Xcacel Xcacelito

El 13 de abril, la dependencia federal emitió un comunicado oficial en el cual decía que el PMOTEDUS “no será reconocido por la dependencia federal debido a faltas e incongruencias relevantes que propician el deterioro ambiental del municipio y del estado”.

Incluso, se generó una mesa de diálogo entre las partes, pero finalmente el Estado no cumplió los acuerdos (que incluían suspender el Programa mientras se analizaba su viabilidad) y entonces el Gobierno Federal presentó una controversia constitucional, la 68/2021, y logró que la SCJN le otorgara una suspensión provisional mientras se resuelve el fondo del asunto. 

PMOTEDUS de Tulum. Al admitir a trámite la controversia presentada por el Ejecutivo Federal, la SCJN concedió la suspensión, por lo que el PMOTEDUS no puede aplicarse. 

Dice el acuerdo publicado este lunes, como puede leerse en los documentos de abajo: 

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“Se concede la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo Federal, en los términos planteados, hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto.”

“La suspensión surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse por algún hecho superveniente”. 

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Antes, al admitir la demanda, la SCJN ordenó al municipio de Tulum que debe enviarle copias certificadas de todas la documentales, y del Periódico Oficial. Y le advirtió que no si no lo hace, recibirá una multa. 

Además, se le dio vista a la FGR. 

PMOTEDUS de Tulum

Dice el Acuerdo : 

“En otro orden de ideas, se tiene como demandado en este procedimiento constitucional al Municipio de Tulum, Estado de Quintana Roo. 

En consecuencia, con copia simple de la demanda emplácese a la parte demandada para que presente su contestación dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de este proveído y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; apercibido de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes se le harán por lista, hasta en tanto atienda lo indicado; en la inteligencia de que los anexos que se acompañan al oficio de referencia quedan a disposición para su consulta en esta Sección de Trámite.

“Además, a fin de integrar debidamente el expediente, se requiere al Municipio de Tulum, Estado de Quintana Roo para que, al presentar su contestación, por conducto de quien legalmente lo representa, envíe a este Alto Tribunal copias certificadas de todas las documentales relacionadas con el acto impugnado, así como un ejemplar o copia certificada del Periódico Oficial de la entidad en el que conste la publicación del Acuerdo controvertido, apercibido que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa. Dese vista a la Fiscalía General de la República”.

Por Hugo Martoccia. Director del portal web La Opinión de Quintana Roo. Trabajó en La Voz del Caribe y El Periódico, donde escribió columnas políticas y notas de interés general. Fue corresponsal de La Jornada entre 2005 y 2011. Y también de la Agencia EFE, de España. Escribió artículos para diarios de Argentina, como Página 12, Critica y la revista Noticias. Reside en Cancún desde 1999.

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